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Inspecciones periódicas

La inspección periódica de una instalación receptora de gas consiste principalmente en la comprobación a través de sus partes visibles del estado de conservación de la misma, de la combustión higiénica de los aparatos de gas y de la correcta evacuación de los productos de la combustión.

La inspección periódica reglamentaria debe hacerla la empresa distribuidora, si bien, la responsabilidad de mantener y conservar las instalaciones receptoras de gas corresponde al titular de las mismas, o en su defecto al usuario y así viene recogido en la legislación vigente.

Características de la inspección periódica reglamentaria

La inspección comprende:

  • Comprobación de la estanquidad de la instalación receptora.
  • Verificación del buen estado de conservación de la misma.
  • Verificación de la combustión higiénica de los aparatos y la correcta evacuación de los productos de la combustión. (Sólo si la Potencia instalada es menor de 70 kw).

Estas comprobaciones se realizan de acuerdo con los procedimientos descritos en las normas UNE 60670-12 y UNE 60670-13.

La legislación establece que se realice esta comprobación por parte de la empresa distribuidora cada 5 años. (Previamente a su realización y con suficiente antelación se remite a la dirección del punto del suministro una carta comunicando la fecha de visita).

Tarifas

Las competencias en materia de inspección periódica reglamentaria están transferidas a las Comunidades Autónomas, motivo por el cuál, el alcance (siempre respetando los mínimos establecidos en el Reglamento Técnico de Utilización y Distribución de Gases) y el precio puede variar de una zona a otra.

A continuación recogemos las tarifas vigentes para los servicios de inspección periódica, en las zonas donde operan las distribuidoras del Grupo Endesa Gas Transporte y Distribución.