Para poder disfrutar de esta tarifa, el titular del contrato deberá de solicitarlo a su empresa suministradora, bien en sus oficinas o por correo, adjuntando la siguiente documentación:
En el caso que la instalación no disponga aún de ICP, se deberá de haber solicitado su instalación.
La empresa suministradora, una vez recibida la solicitud y documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos necesarios, la remitirá a la Comisión Nacional de la Energía (CNE) en un plazo máximo de 15 días.
Se procederá a la aplicación de la Tarifa Social, durante el periodo de un año, a partir del primer día del mes siguiente a la recepción completa de la documentación por la empresa suministradora.
La CNE verificará el cumplimiento de los requisitos del contrato y efectuará seguimiento e inspección de los mismos. Si se detecta incumplimiento de algún requisito, se procederá a la refacturación de los consumos aplicando la tarifa general de baja tensión correspondiente a la potencia contratada, con un recargo del 10% desde la fecha del incumplimiento.
Si eres cliente de Endesa, cumples las condiciones que establece la ley y deseas solicitar la Tarifa Social, acude con toda la documentación anterior, debidamente cumplimentada, a cualquiera de nuestras Oficinas o Puntos de servicio.
Si eres cliente de Endesa y estás dado de alta en la Oficina Online, puedes comprobar si tu punto de suministro tiene la potencia requerida.






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