La Tarifa Social sólo será aplicable a suministros domésticos en baja tensión contratados por personas físicas que cumplan, simultáneamente, los siguientes requisitos:
No, si cumples los requisitos tienes que solicitarla aportando la siguiente documentación:
La empresa suministradora, una vez recibida la solicitud y documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos necesarios, la remitirá a la Comisión Nacional de la Energía (CNE) en un plazo máximo de 15 días.
Se procederá a la aplicación de la Tarifa Social, durante el periodo de un año, a partir del primer día del mes siguiente a la recepción completa de la documentación.
Si tu instalación cumple los requisitos, ninguno. Si no tienes instalado el ICP, tendrás que abonar los gastos de instalación del mismo, así como los correspondientes a la verificación de su correcto funcionamiento.
El Interruptor de Control de Potencia (ICP) es un aparato eléctrico que evita daños en tu instalación eléctrica, en caso de sobrecarga, y controla que la potencia utilizada se ajuste a la contratada, la que soporta la instalación. En el caso de que tengas instalado ICP lo puedes localizar en un interruptor precintado a la izquierda del cuadro de electricidad.
Si no tienes instalado un ICP, debes ponerte en contacto con un Instalador Autorizado, para que te instale la caja homologada que contiene el ICP situándolo junto a tu cuadro eléctrico. Asimismo, te entregará una copia firmada del Certificado Oficial de Instalación del ICP.
Posteriormente, una vez que está instalado, tu empresa Distribuidora revisará y precintará el ICP.
Puede consultarlo en tu factura . Ver factura
Para poder acogerte a la Tarifa Social debes de cumplir simultáneamente los siguientes requisitos:
Antes de solicitar una disminución de potencia, debes asegurarte de:
No, solo se puede disfrutar mientras se cumplan todas y cada una de las condiciones establecidas por ley.
El cliente esta obligado a comunicar a su empresa suministradora el incumplimiento de cualquiera de estos requisitos en el plazo máximo de 15 días.
Además, el periodo de aplicación de esta tarifa desde su concesión es de 1 año. No está establecida aún, la continuidad de la tarifa por periodos superiores.
No está establecida aun la continuidad de la tarifa después del primer año.
No, la Tarifa Social solo es de aplicacion para la residencia habitual.






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