Endesa

Novedades de la Tarifa Social

La Orden ITC/1857/2008 de 26 de junio, establece la creación de una nueva tarifa eléctrica denominada Tarifa Social, contratable a partir del 1 de julio.

Esta tarifa establece la gratuidad del término fijo de potencia (Tp), por lo que sólo se facturará por el consumo eléctrico realizado (Te).
Asimismo, esta tarifa se beneficia de la exención del pago de los primeros 25 kWh de cada bimestre.


Tarifa Social
Término de potencia
Tp: € / kW mes
Término de energía
Te: € / kWh
Potencia inferior a 3 kW 0,000000 0,109612

Condiciones para solicitar la Tarifa Social

La Tarifa Social sólo será aplicable a suministros domésticos en baja tensión contratados por personas físicas que cumplan, simultáneamente, los siguientes requisitos.

  • El suministro corresponde  a la residencia habitual de la persona física titular del contrato eléctrico.
  • La potencia contratada es inferior a 3kw.
  • La instalación dispone de ICP o se ha realizado la solicitud para que sea instalado.

En el apartado Solicitud se detalla la documentación que el cliente debe aportar a la empresa suministradora para solicitar la Tarifa Social.

Si el cliente deja de cumplir alguno de los requisitos necesarios, deberá comunicarlo a su empresa suministradora en el plazo máximo de 15 días, con el fin de evitar recargos y penalizaciones posteriores.

  • Fecsa Endesa
  • Erz Endesa
  • Gesa Endesa
  • Unelco Endesa
  • Sevillana Endesa
  • Endesa Energía

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