
La desaparición de la Tarifa Nocturna es una obligación que promueve el Ministerio de Industria en el Real Decreto 871/2007 publicado el 29 de junio de 2007 y en el que se propone una fórmula de traspaso a otras tarifas de aquellos clientes que disfrutan actualmente de Tarifa Nocturna, en función de la potencia que tienen contratada.
Tu Distribuidora está gestionando esa sustitución con el fin de que la contratación de la nueva tarifa se produzca en las mejores condiciones para tí.
La diferenciación básica es que la nueva tarifa con Discriminación horaria cuenta con más horas de periodo valle (también llamadas nocturnas) que, como ya conoces, son más baratas (exactamente un 47% si lo compara con el precio de las tarifas estándar).
Por otra parte, las horas de consumo con recargo (o horas punta) se reducen, pasando de 16 a 10 horas, con un recargo sobre el consumo de un 35%.
La nueva Tarifa con Discriminación Horaria se denominará también Tarifa Ahorro.
Puedes elegir libremente contratar otro tipo de tarifa. Sin embargo te recomendamos que contrates la nueva tarifa con discriminación horaria, ya que es más económica que cualquier otra, si mantienes la mayor parte de tu consumo en el nuevo periodo valle.
Sí, puedes hacerlo. Sin embargo te recomendamos que esperes al 1 de julio y así dar tiempo al Ministerio de Industria a que establezca una metodología definitiva que permita calcular el consumo correspondiente a cada periodo (punta y valle).
De momento no. Sin embargo, en los próximos meses, tu Empresa Distribuidora se pondrá en contacto contigo para:
En cualquier caso, llegado el momento tu Empresa Distribuidora se pondrá en contacto contigo para visitarte en tu domicilio.
Cuando tu Empresa Distribuidora se ponga en contacto contigo para realizar la adaptación de tu reloj y tu actual contador, puede ocurrir que haya que modificar tu potencia contratada, ya que, por ley y según se indica en el RD 1634/2006, la potencia que se debe contratar es la máxima que preveas demandar, ya sea en horas punta o valle.
Si decides aumentar la potencia contratada no pagarías los derechos correspondientes de acometida asociados a ese incremento de potencia contratada (hasta el máximo que te permita tu boletín). Sin embargo, a partir de ese momento variará el importe del término fijo de potencia que pagarás en tu factura. Puedes ver todos estos conceptos en tu factura.
Tampoco tendrás que pagar por la adaptación del reloj y el contador. En cuanto a la instalación del ICP, éste puede ser de alquiler o propiedad. Se te informará sobre las ventajas e inconvenientes de cada una de las opciones.
No necesariamente. Sólo deberás hacerlo si tu actual potencia contratada no es la máxima potencia que preveas demandar tal y como indica el RD 1634/2006 aprobado por el Ministerio de Industria en su Disposición Transitoria 4 donde se obliga a todos los clientes a contratar la potencia máxima de la que hacen uso, ya sea en horas punta o valle.
Esta actualización de potencia es independiente del cambio de tarifa y se realizará posteriormente. Tu Empresa Distribuidora se pondrá en contacto contigo para que un intslador autorizado se desplace a tu domicilio.
Hasta entonces, mantendrás la potencia actual que tienes y no se reflejará por este concepto, ninguna modificación en tu factura.
En función del nivel de equipamiento eléctrico que tengas instalado en tu casa, necesitarás más o menos potencia. Para garantizar el correcto funcionamiento de la instalación y tu máximo confort, es muy importante que la potencia de la que dispongas sea suficiente.
Lo mejor es que consultes con tu instalador de confianza, para que él pueda calcular, en función de tu equipamiento, el nivel máximo de demanda de potencia que la instalación requiere. Cerca de ti, expertos profesionales te ofrecerán un trato directo y personalizado.
El Real Decreto 871/2007, de 29 de junio, por el que se ajustan las tarifas a partir del 1 de julio de 2007, establece en la disposición adicional séptima que, a partir del 1 de julio de 2008 y con carácter trimestral, la Comisión Nacional de Energía (CNE) enviará a la Secretaría General de Energía una propuesta de revisión de las tarifas eléctricas.
Por todo ello, se procede a las actualizaciones trimestrales para el tercer trimestre del 2008 de las tarifas básicas a aplicar sobre la nueva Tarifa Ahorro (con discriminación horaria). Éstas son las siguientes:
|
Baja tensión 1.0, 2.0.X y 3.0.1 con Discriminación Horaria |
Término de Energía Punta Te: € / kWh |
Término de Energía Valle Te: € / kWh |
|---|---|---|
| 2.0.1 General, Potencia igual o inferior a 2,5 kW | 0,132171 | 0,051890 |
| 2.0.2 General, mayor de 2,5 kW y no superior a 5kW |
0,135665 |
0,053261 |
| 2.0.3 General, mayor de 5 kW y no superior a 10 kW |
0,138076 |
0,054208 |
| 3.0.1 General, mayor de 10 kW y no superior a 15kW |
0,142163 |
0,055812 |
El precio del término de potencia no sufre variaciones.
Lo mejor es que consultes con tu instalador de confianza para que él pueda calcular, en función de tu equipamiento, el nivel máximo de demanda de potencia que la instalación requiere. Cerca de ti, expertos profesionales te ofrecerán un trato directo y personalizado.
El Ministerio de Industria ha establecido una metodología que permita calcular el consumo correspondiente a cada periodo, sin cambio de contador. Esta metodología consiste en aplicar un 69% del total de consumo al periodo valle y un 31% al periodo punta.
Tus acumuladores continúan siendo una buena opción de calefacción. Consulta en Consejos de ahorro la mejor forma de utilizarlos.
A corto plazo, debes continuar consumiendo de la misma forma como lo vienes haciendo. Una vez se haya regularizado tu instalación, depende del sistema de calefacción que tengas instalado.
Puedes consultar más información en Consejos de ahorro.
En cualquier caso, para optimizar tu instalación, te recomendamos que consultes con tu instalador de confianza. Cerca de ti, expertos profesionales te ofrecerán un trato directo y personalizado.
Ante todo intenta trasladar la mayor parte de tu consumo de electricidad al nuevo periodo valle (de 22 a 12 h en invierno y de 23 a 13 horas en verano).
Instala "si tus equipos no los llevan incorporados" programadores horarios en lavadora, secadora, lavavajillas, termoacumuladores, etc., te permitirá trasladar todo este consumo a las horas valle (con descuento).
Puedes consultar más información en Consejos de ahorro.
Es una nueva tarifa, por tramos horarios, que amplía la antigua tarifa nocturna, poniendo a tu disposición energía más barata durante 14 horas al día. Para tener esta Tarifa hay que cambiar el contador por un contador con Discriminación Horaria.
Esta es la Tarifa de todos los hogares que no optan por la Tarifa con discriminación horaria. Pagas lo mismo a cualquier hora del día por tu consumo de energía.






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