Según lo establecido en el Artículo 2 del Real Decreto ley 6/2009 y la Resolución de 26 de junio de 2009; a partir del 1 de julio de 2009, entra en vigor el Bono Social.
Se trata de un descuento sobre el precio de la Tarifa de Último recurso TUR, para determinados consumidores de electricidad acogidos a esta tarifa. Dichos consumidores deberán ser personas físicas y solicitarlo para su vivienda habitual.
El Bono Social es solo de aplicación a personas físicas cuyo suministro se destine para el uso en vivienda habitual y que pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:
Para poder acogerse al Bono Social es necesario tener la Tarifa de Último Recurso (TUR) y por lo tanto ser cliente de una Comercializadora de Último Recurso.
Para poder solicitar el Bono Social se debe de pertenecer a uno de los colectivos descritos anteriormente y entregar la documentación necesaria para ello.
Proximamente recibirás en tu casa una carta explicando los detalles del Bono Social.
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