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Novedad

El Real Decreto 1578/2008 del Ministerio de Industria, publicado el pasado 27 de septiembre, establece la obligatoriedad para las Empresas Distribuidoras de electricidad de facturar, a partir del 1 de noviembre, con periodicidad mensual. Esta ley es de aplicación a los suministros domésticos con una potencia contratada de hasta 10kW.

La facturación mensual afectará, por lo tanto, a las siguientes tarifas.

Tarifa Potencia
Tarifa Social Potencia inferior a 3 kW
1.0 Potencia no superior a 1 kW
2.0.1 Potencia no superior a 2,5 kW
2.0.2 Potencia no superior a 5 kW
2.0.3 Potencia no superior a 10 kW

Puedes comprobar la tarifa y la potencia que tienes contratada consultando tu factura.

  • Fecsa Endesa
  • Erz Endesa
  • Gesa Endesa
  • Unelco Endesa
  • Sevillana Endesa
  • Endesa Energía

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